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Tribunal Electoral avala continuidad del INE en comicios judiciales

Por tres votos a favor y dos en contra, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha emitido una acción declarativa que permite al Instituto Nacional Electoral (INE) continuar con la organización de los comicios judiciales programados para el primer domingo de junio de 2025. Esta decisión se tomó a pesar de la oposición de la magistrada Janine Otálora y el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, quienes votaron en contra del proyecto presentado por el magistrado Felipe De la Mata. A favor votaron el magistrado Felipe Fuentes Barrera y la magistrada presidenta Mónica Soto.

La magistrada Janine Otálora argumentó que la decisión debería aplazarse hasta que la Suprema Corte resolviera diversos asuntos relacionados con la reforma al Poder Judicial. Sin embargo, el magistrado ponente Felipe De la Mata explicó que, así como el tribunal electoral no interviene en casos de divorcios, los jueces de amparo no deberían involucrarse en temas electorales. La acción declarativa no revoca, confirma ni anula ningún amparo, sino que elimina la incertidumbre para el INE al declarar que puede continuar con la organización de las elecciones.

El Tribunal Electoral destacó que el INE, como organismo autónomo reconocido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, está dotado de garantías de actuación e independencia en su estructura orgánica para cumplir con sus fines. «La Constitución establece que los principios rectores en el ejercicio de la función electoral son legalidad, imparcialidad, objetividad, certeza e independencia», se lee en el documento del magistrado De la Mata.

Además, se consideró «constitucionalmente inviable» detener los procedimientos electorales a cargo del INE mientras exista una norma constitucional que le imponga dicha atribución y mandato. El proyecto aclara que esta declaración no afecta las resoluciones de los jueces de amparo ni sus competencias. «Nos encontramos exclusivamente frente a la necesidad de determinar si existe la posibilidad por parte de una autoridad electoral de detener el ejercicio de atribuciones mandatadas a nivel constitucional», explicó De la Mata.

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