El Servicio de Administración Tributaria (SAT) permite a las personas físicas deducir ciertos gastos personales en su declaración anual, lo que puede resultar en un menor pago de Impuesto Sobre la Renta (ISR) o incluso en un saldo a favor.
Entre las deducciones personales más comunes se encuentran:
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- Honorarios médicos, dentales y hospitalarios, incluyendo medicamentos, para el contribuyente, su cónyuge, padres, abuelos, hijos y nietos.
- Gastos funerarios, con un límite de una Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual.
- Donativos a instituciones autorizadas, siempre que no se otorguen como pago o a cambio de servicios.
- Intereses reales de créditos hipotecarios destinados a la casa habitación del contribuyente.
- Transporte escolar obligatorio para hijos o nietos.
- Aportaciones voluntarias a planes de retiro y cuentas especiales para el ahorro.
Es importante destacar que para hacer válidas estas deducciones, se deben cumplir ciertos requisitos, como contar con facturas electrónicas (CFDI) que respalden los gastos y no exceder los límites establecidos por la ley.
El monto total de las deducciones personales, exceptuando donativos y estímulos fiscales, no puede superar el 15% del total de los ingresos del contribuyente o cinco UMAs anuales, lo que resulte menor.
Los contribuyentes pueden consultar el detalle de las deducciones personales permitidas y sus requisitos en el sitio web oficial del SAT (sat.gob.mx). Aprovechar estas deducciones puede representar un beneficio económico significativo al momento de presentar la declaración anual.
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