CRT extiende el plazo para registrar celulares; habrá nuevas fechas por número

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) anunció un nuevo calendario de fechas límite para el registro de líneas telefónicas móviles, con lo que se confirma una prórroga escalonada para millones de usuarios que aún no han vinculado su número celular a una persona física o moral.

La medida modifica el escenario que hasta hace unos días colocaba el 30 de junio de 2026 como fecha límite general para completar el trámite. Ahora, la autoridad optó por extender el proceso únicamente para las líneas de prepago que todavía no han sido registradas, con un esquema que se aplicará según el último dígito del número telefónico.

La CRT explicó que el objetivo es evitar una desconexión masiva y dar más tiempo a quienes todavía no completan la vinculación de su línea. El registro, recordó la autoridad, busca asociar cada número celular con una identidad oficial para cerrar el paso al anonimato en la telefonía móvil y combatir delitos como fraude, extorsión y llamadas delictivas.

Hasta antes de este ajuste, el mensaje oficial era que todas las líneas debían quedar registradas a más tardar el 30 de junio. Sin embargo, el lento avance del padrón —y la posibilidad de que millones de usuarios se quedaran sin servicio al mismo tiempo— llevó a la CRT a publicar un calendario extraordinario de regularización para las líneas que sigan pendientes.

La prórroga no será igual para todos. El nuevo esquema se aplicará por bloques, dependiendo del último dígito del número celular, y las fechas se repartirán entre agosto y diciembre de 2026. Aunque el comunicado de la CRT debe consultarse para verificar el corte exacto por dígito, el punto central es que el registro ya no cerrará para todos el 30 de junio, sino que se extenderá de manera diferenciada para quienes no alcanzaron a completar el proceso.

La autoridad informó que el proceso de regularización se hará con un calendario escalonado. En términos prácticos, esto significa que cada usuario tendrá una fecha límite distinta, de acuerdo con el último número de su línea.

La CRT advirtió que, una vez vencida la fecha que corresponda a cada número dentro del nuevo calendario, las compañías telefónicas suspenderán el servicio en un plazo de 72 horas. En ese escenario, la línea solo podrá realizar llamadas a números de emergencia, atención ciudadana o soporte de la propia compañía, además de recibir alertas públicas como las sísmicas.

La buena noticia para los usuarios rezagados es que la línea no se perderá de inmediato. El servicio podrá restablecerse una vez que la persona complete el registro correspondiente con su operador. Aun así, la advertencia de la autoridad es clara: dejar pasar el plazo puede implicar quedarse temporalmente sin llamadas, mensajes, datos móviles y servicios ligados al número, como aplicaciones bancarias o cuentas con verificación por SMS.

El trámite se realiza con la compañía telefónica, no directamente con la CRT. Las personas usuarias pueden hacerlo en línea a través del portal de su operador o de manera presencial en centros de atención. En general, se solicita identificación oficial vigente y la CURP; en el caso de personas morales, se requiere el RFC.

La CRT mantiene disponible el portal oficial para ubicar la plataforma de cada compañía y completar la vinculación. Ahí mismo se explica el proceso paso a paso, que incluye validación del documento de identidad y confirmación del registro.

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