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Nueva Ley de Armas: Senado avala ampliar portación y castigos más severos

El Senado de la República aprobó por unanimidad, con 105 votos a favor, las modificaciones a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, que prohíben la compraventa de armas tradicionales y las elaboradas por impresión 3D a través de internet. La reforma, que ya había sido avalada por la Cámara de Diputados y en comisiones el pasado lunes, responde a la necesidad de actualizar la legislación frente a los retos de seguridad y tecnología actuales.

Nuevas restricciones y penas más severas

Entre los cambios más relevantes, la ley ahora prohíbe expresamente la venta, fabricación y modificación de armas, piezas y componentes hechos con impresoras 3D, así como el uso de mecanismos para convertir armas semiautomáticas en automáticas. Además, endurece las penas para quienes fabriquen, transporten o introduzcan armas de fuego ilegalmente al país, con sanciones que pueden llegar hasta los 45 años de prisión y multas de hasta 339 mil pesos.

¿Quiénes pueden poseer armas?

La reforma amplía el listado de trabajadores de entidades públicas que pueden poseer armas, incluyendo empleados de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), Banco de México, organismos de procuración de justicia estatales y municipales, y otros organismos públicos que justifiquen su necesidad. Ejidatarios, comuneros y trabajadores del campo podrán poseer en su domicilio y portar fuera de zonas urbanas un rifle calibre .22 o una escopeta de cualquier calibre (excepto las de calibre 25 y superiores al 12).

Para la ciudadanía en general, se permite la posesión de pistolas semiautomáticas de calibre no superior al .380 (9 mm Kurz), siempre previa autorización de la Secretaría de la Defensa Nacional. Deportistas de caza y tiro, acreditados ante la Sedena, podrán tener hasta 10 armas en su domicilio.

Campañas de desarme y cultura de paz

La ley obliga a los tres niveles de gobierno a realizar campañas permanentes de desarme y promoción de la cultura de paz, así como campañas educativas sobre los riesgos de manipular explosivos y armas de fuego. Además, se reorganizan las facultades de las autoridades para fortalecer el control estatal sobre todas las actividades relacionadas con armas, explosivos y pirotecnia.

Sanciones por vehículos blindados y armas artesanales

Se establecen penas de entre cinco y 15 años de prisión para quienes utilicen vehículos blindados acondicionados para armamento, conocidos como “monstruos”, y sanciones de cuatro a diez años para quienes fabriquen o instalen blindaje artesanal sin autorización.

Un marco jurídico actualizado para la seguridad

Senadores de todos los partidos destacaron que la reforma era un pendiente urgente, pues la ley no se actualizaba desde 1972 y la situación de violencia en el país exige un marco jurídico moderno y eficaz. Con la reforma, México fortalece el control sobre las armas de fuego y responde a los desafíos del crimen organizado y la tecnología.

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